Setién Villamor Abogados | ¿QUÉ HACEMOS SI SUFRIMOS UN ATROPELLO POR UN PATINETE ELÉCTRICO?
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¿QUÉ HACEMOS SI SUFRIMOS UN ATROPELLO POR UN PATINETE ELÉCTRICO?

¿QUÉ HACEMOS SI SUFRIMOS UN ATROPELLO POR UN PATINETE ELÉCTRICO?

Indudablemente, el patinete eléctrico se considera el medio de transporte de moda. Debido a su reciente llegada, no contamos con la información suficiente acerca de una posible reclamación por daños sufridos en un accidente por atropello. La DGT se encuentra regulando la circulación de los mismos, al igual que la posible obligatoriedad de concertar póliza de seguro. Existen algunas ciudades que han elaborado ordenanzas municipales para regular dichos vehículos de movilidad personal (VMP).

En primer lugar, tras acaecer el incidente, debemos tomar los datos al conductor de dicho patinete, preguntar si se encuentra asegurado y cerciorarnos de la culpabilidad del mismo por no tomar la debida precaución.
Además, debemos recopilar documentación que acredite dicho atropello como pueden ser fotografías del momento, testigos, partes médicos, etc.

Si dicho patinete eléctrico se encuentra asegurado, extremo que en la mayoría de los casos no es obligatorio, debemos iniciar la reclamación extrajudicial ante la compañía aseguradora del mismo. En algunos casos, es el propio seguro del hogar el que cubre la responsabilidad civil para bicicletas y patinetes, debiéndonos dirigir a dicha compañía aseguradora para la pertinente reclamación. Si no se atiende justamente dicha reclamación extrajudicial, debemos acudir a la vía judicial para hacer valer nuestros derechos.

En caso de no estar asegurado dicho VMP, iniciaríamos una reclamación directa contra el propietario y conductor del patinete por los daños causados, o contra los tutores en caso de que sea menor de edad el que provoque el accidente, siendo el propietario del patinete eléctrico el que debería asumir la responsabilidad por negligencia con su propio patrimonio.

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